viernes, 21 de mayo de 2010

El ahorro solidario retroactivo

El 29 de abril de 2010 salió en el DOF "LAS REGLAS ADMINISTRATIVAS PARA EL DEPOSITO DEL AHORRO SOLIDARIO" esto significa que se podrá realizar el ahorro de este tipo de manera retroactiva al 1º de abril de 2007.
Al efecto se debe de entregar una solicitud simple a la SEJ o la dependencia federal que sea el patrón (nivel medio superior y superior), con la finalidad de que se calcule el sueldo básico correspondiente al periódo del 1º de abril de 2007 al 31 de diciembre de 2009.
Luego entregarlo a la Delegación Estatal, y se revisa, dada la autorización de la solicitud por el ISSSTE se tienen 15 dias para realizar el depósito, en una sola emisión, de lo que le corresponda aportar al trabajador.
El lapso de tiempo para realizar este trámite termina el 30 de junio de 2010.

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